5.1.09

LAS QUEJAS DE LOS CONSUMIDORES Y LOS ENTES DE CONTROL

Cada vez que un consumidor debe presentar una queja o reclamo en sus relaciones de consumo, es decir, siempre que adquiere bienes o servicios que no le satisfacen o cuando se considera víctima de abuso por parte del establecimiento donde celebra una transacción comercial, puede acudir al ENTE DE CONTROL correspondiente, si no es atendida en debida forma su reclamación, a fin de hacer valer sus derechos. ¿Cuáles son esos entes de control? A continuación relacionamos las entidades donde el consumidor puede presentar peticiones, quejas y reclamos (PQR's), dependiendo del tipo de transacción. Las demandas de protección al consumidor deben cumplir con el prerrequisito del reclamo directo requerimiento previo* o carta de reclamo dirigida al proveedor, cuya copia debe adjuntarse a la reclamación, so pena de rechazo de la demanda, junto con los demás soportes probatorios, tales como copias de facturas, recibos, cartas de garantía, órdenes de servicio, etc. Igualmente, cuando la pretensión es económica, a la demanda debe adjuntarse el recibo de pago del arancel judicial pero consignado directamente a favor de la Superindustria:

SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO - DELEGATURA PARA LA PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR (DENUNCIAS) Y DELEGATURA DE ASUNTOS JURISDICCIONALES (DEMANDAS)

Recibe PQR'S o DENUNCIAS en la Delegatura de Protección del Consumidor, por falta de calidad o idoneidad de bienes y servicios, incumplimiento de garantías, información que no corresponda a la realidad, publicidad engañosa, cobro abusivo, incumplimiento de incentivos promocionales, falta de indicación pública de precio o existencia de dos o más precios en un producto, cobro de precio superior al anunciado, cobro no autorizado de propinas, diferencia entre el contenido neto anunciado y el real, incumplimiento de normas que regulan las ventas mediante sistemas de financiación. También es competente para conocer de demandas de protección del consumidor, en la Delegatura de Asuntos Jurisdiccionales.
Carrera 13 No. 27-00 Piso 2 Bogotá D.C. Línea Gratuita Nacional 018000910165 ttp://www.sic.gov.co/

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ALCALDIAS MUNICIPALES
Reciben PQR's por violación a las normas de protección al consumidor, control de precios, pesas y medidas, y las relacionadas con contratos de arrendamiento de inmuebles urbanos destinados a vivienda. Todas las alcaldías deben contar con una Oficina de Protección al Consumidor eficiente y eficaz. En Cali, dicha Oficina funciona en el noveno piso del Edificio San Marino ubicado en la Calle 14N # 6N -25. Más información en Q.A.P. Teléfono 195 Cali.
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SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS
Como su nombre lo indica, recibe PQR's relacionadas con las empresas de servicios públicos domiciliarios. En las principales ciudades del país existen sucursales de esta Superintendencia.
Carrera 18 No. 84-35 Bogotá D.C. Teléfono 691 3005. http://www.superservicios.go.co/
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SUPERINTENDENCIA FINANCIERA
Recibe PQR's y demandas de protección del consumidor, relacionadas con las entidades del sector bancario, financiero y asegurador.
Calle 7 No. 4-49 Bogotá D.C. Teléfono 594 0200. http://www.superfinaciera.gov.co/
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AUTORIDAD NACIONAL DE TELEVISION - ANTV
Recibe PQR's relacionadas con la prestación del servicio de TV por suscripción o TV por cable. Calle 59 A No. 5-53 Oficina 405 Edificio Link Bogotá D.C. PBX: 7957000 - fAX: 7957000 ext. 1107. www.antv.gov.co
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SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
Recibe PQR'S relacionadas con las sociedades administradoras de consorcios comerciales.
Avenida El Dorado No. 46-80 Bogotá D.C. Teléfono 324 5777. http://www.supersociedades.gov.co/
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INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS - INVIMA
Recibe PQR's relacionadas con calidad, seguridad y publicidad de medicamentos, productos biológicos, alimentos, bebidas, cosméticos, dispositivos y elementos médicoquirúrgicos, odontológicos, productos naturales, homeopáticos y los generados por la biotecnología, productos de aseo, higiene y limpieza, así como los plaguicidas de uso doméstico.
Carrera 68D No. 17-11/21 Bogotá D.C. Teléfono 294 8700. http://www.invima.gov.co/
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DIRECCION GENERAL DE TURISMO - MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
Recibe PQR's por incumplimiento de los servicios prestados por operadores turísticos.
Carrera 13 No. 28-01 Bogotá D.C. Teléfono 320 0077. http://www.mindesarrollo.gov.co/
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MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Recibe PQR's relacionadas con la prestación de servicios postales.
Edificio Murillo Toro Carrera 7 y 8, Calles 12 y 13 Bogotá D.C. Teléfono 344 3460. http://www.mincomunicaciones.gov.co/
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SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE
Recibe PQR's relacionadas con la prestación del servicio de transporte de carga y transporte público.
Calle 13 No. 18-24 Bogotá D.C. PBX: 352 6700. http://www.supertransporte.gov.co/
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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Recibe PQR's relacionadas con la prestación del servicio de salud, especialmente de las EPS.
Carrera 13 No. 32-70 Pisos 6 al 9. Bogotá D.C. Teléfono 330 0210. http://www.supersalud.gov.co/
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EMPRESA TERRITORIAL PARA LA SALUD - ETESA
Recibe PQR's relacionadas con juegos de suerte y azar (loterías, chance, etc.).
Calle 102 No. 18-61 PBX: 616 7199. http://www.etesa.gov.co/
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AERONAUTICA CIVIL
Recibe PQR's relacionadas con la prestación de servicios aeroportuarios.
Aeropuerto Internacional El Dorado Bogotá D.C. Teléfonos 42510000 - 6067676 - 3239660 - 3505500. http://www.aerocivil.gov.co/
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(*)FUNDECONSUMO - FUNDACION PARA LA DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Entidad privada, sin ánimo de lucro, que direcciona, orienta y asesora legalmente a los consumidores para efectuar los requerimientos privados que, como requisito previo, deben notificarse a los productores y proveedores de bienes y servicios, antes de formular en su contra quejas y reclamos formales y demandas de protección del consumidor en los entes de control respectivos. Brinda capacitaciones comunitarias sobre derechos del consumidor. Edita "EL CONSUMIDOR Boletín del Nuevo Ciudadano".

CONTÁCTENOS:
Edificio Bancolombia Calle 11 No. 5-54 Oficina 607H Cali. Teléfonos: 8824141 - 316-8959612. 


Enlaces:
Alianza FUNDECONSUMO - AUSBANC INTERNACIONAL
Directorio de Promotores de Ligas de Consumidores en Colombia: http://www.ccconsumidores.org.co/desarollocom_ligascolomb.php?page=30
BLOG COMUNITARIO FUNDECONSUMO: "CONSUMO Y CIUDADANÍA":
http://consumoyciudadania.blogspot.com/
BLOG COMUNITARIO FUNDECONSUMO: "GENTE MAYOR" http://gentemayor-fundeconsumo.blogspot.com/
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CONFEDERACION COLOMBIANA DE CONSUMIDORES
Es el gremio de los consumidores colombianos. Entidad privada de tercer grado, sin ánimo de lucro, que aglutina a las Asociaciones de Consumidores Departamentales. Emite diariamente el programa de televisión "El Boletín del Consumidor"
Transversal 6 No. 27-10 Piso 5 Bogotá D.C. Teléfonos 2840391 - 2811117. http://www.ccconsumidores.org.co/
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RECOMENDACION IMPORTANTE: A fin de velar para que los "entes de control" funcionen eficaz y eficientemente, descongestionando los despachos judiciales, los consumidores deben vincularse al Comité de Educación al Consumidor de su respectiva Junta de Acción Comunal, o directamente a la LIGA DE CONSUMIDORES de su Comuna. Si la JAC de su barrio no le brinda información o no existe Liga de Consumidores en su Comuna, escriba a FUNDECONSUMO*


Otras entidades que defienden al consumidor en el mundo


3.1.09

IMPORTANCIA DE LAS LIGAS DE CONSUMIDORES



¿Que son las Ligas de Consumidores?


Se llama Liga de Consumidores toda organización ciudadana que tenga como fin proteger, educar, informar, y hacer respetar los derechos de los consumidores, así como velar porque las normas y las leyes que protegen y consagran esta protección se cumplan a cabalidad por parte de las autoridades competentes. Las Ligas pueden asociarse o aliarse con las Juntas de Acción Comunal de cada Comuna para colaborarse mutuamente, conforme está previsto en la ley (Decreto 1441 de 1982). De esta manera las JAC pueden refrescar su imagen institucional y la Liga puede tener canales fluídos de comunicación y factores multiplicadores al interior de cada uno de los barrios que conforman la Comuna. Los resultados positivos se verían prácticamente de inmediato. Para facilitar e implementar estas alianzas, la JAC puede conformar una comisión de trabajo o Comité de Educación al Consumidor (CEC), del que saldrían los delegados a la Liga de Consumidores de la respectiva Comuna.

¿Cómo se forma una Liga de Consumidores?
Una Liga de Consumidores a nivel de Comuna se forma cumpliendo con los siguientes requisitos:

1) Todos sus integrantes deben ser ciudadanos, mayores de edad, vecinos de la misma Comuna, en número no inferior a 25.

2) Realizando una asamblea para su conformación. En dicha asamblea se eligen un presidente, un vicepresidente, un tesorero y un secretario.
3) Obteniendo por parte de la alcaldía local el reconocimiento legal que faculta a la Liga para ejercer sus funciones en defensa del consumidor.

¿Cuáles son las funciones de una Liga de Consumidores?
Principalmente la de ejercer una presión legítima para la eficiencia de los organismos y entidades que establece la ley para la defensa del consumidor (entes de control), así como la eficacia de los funcionarios de dichos organismos y entidades, mediante, por ejemplo, acciones de cumplimiento. En general, deben velar por la aplicación del Estatuto del Consumidor en las relaciones de consumo a través de peticiones, quejas y reclamos, en especial sobre efectividad de garantías de calidad, publicidad engañosa y cobro abusivo de bienes y servicios. Pueden efectuar convocatorias a los perjudicados con violaciones a los derechos colectivos, para demandar las indemnizaciones respectivas utilizando acciones de grupo. También podrían asumir la defensa legal del ambiente y el espacio público por medio de acciones populares (Ley 472 de 1998).

FUNDECONSUMO tiene como objetivo estatutario promover la creación y fortalecimiento de las ligas de consumidores a nivel de comunas, y proporcionar capacitación comunitaria y asistencia legal permanente, para que una vez constituidas puedan cumplir con sus funciones y definir prioridades. Así mismo brindamos ideas y asesoramos en la formulación de proyectos para que las ligas puedan autofinanciarse y conseguir recursos económicos y humanos. Téngase en cuenta que la Ley 1086 de 2006 permite cumplir con el requisito de la judicatura a los egresados de las facultades de derecho que asesoren jurídicamente a las ligas y asociaciones de consumidores. (Ley 1086 de 2006).

Consulte mayor información sobre FUNDECONSUMO haciendo click aquí: http://solucionesjuridicasprepagadas.com/fundeconsumo.html y contáctenos sin compromiso.

Quienes deseen participar en la conformación del Comité de Educación al Consumidor de su Junta Comunal y/o de la Liga de Consumidores de su respectiva Comuna pueden publicar sus comentarios en este blog, e incluso crear su propio blog con el nombre de su barrio y Comuna para registrarse como seguidores de esta propuesta comunitaria y dar a conocer las noticias, problemas, proyectos y fotografías del sector y de sus líderes. Ejemplo: JUNTA DE ACCION COMUNAL LOS ANDES - COMUNA 5 - CALI. Para crear el blog de su barrio haga click en la parte superior donde dice "crear blog". Les invitamos a conocer el excelente blog de la JUNTA DE ACCION COMUNAL BUENOS AIRES (Barrancabermeja - Colombia) visitando http://somosbuenosaires.blogspot.com/ Con un blog similar, cada JAC puede publicitar un poco de la historia de su barrio, sus sitios turísticos, su Junta Directiva y la labor de sus respectivos comités, en especial, de los enfocados en la educación del consumidor que incluyen los temas de seguridad, reciclaje, nutrición, salud preventiva, derechos del consumidor, participación ciudadana, economía del hogar, grupos de adultos mayores, etc .




EL PAPEL DE LAS LIGAS DE CONSUMIDORES

Les invitamos a ver la presentación FUNDECONSUMO que explica el rol de las Ligas de Consumidores en nuestra sociedad en el sitio web http://sites.google.com/site/fundeconsumo



LAS JUNTAS DE ACCION COMUNAL Y LA CAPACITACION DE LOS CONSUMIDORES

Las Juntas de Acción Comunal (JAC) pueden capacitar a sus afiliados a través de una comisión de trabajo o Comité de Educación al Consumidor (CEC) para que conozcan sus derechos y deberes como ciudadanos y consumidores. De esta manera se podría difundir, además, información sobre salud preventiva, seguridad alimentaria, nutrición, legislación ambiental, participación ciudadana, gestión de residuos, servicios de la Alcaldía Municipal, etc. todo lo cual está contemplado en sus objetivos estatutarios. De cada Comité de Educación al Consumidor podrían designarse dos (2) delegados para conformar la Liga de Consumidores en cada Comuna. Esta alianza es posible en virtud del Decreto 1441 de 1982 y nuestra Constitución Política que consagra el derecho de asociación. Las Ligas de Consumidores a nivel de Comuna son necesarias para lograr que las instituciones encargadas de proteger al consumidor funcionen adecuadamente, y para que, gracias a su asociación con las JAC, logren que los temas de interés colectivo sean incluidos en la agenda política de los gobernantes y legisladores locales. Por otra parte, la conformación de los CEC y las Ligas Comunales de Consumidores permitiría una renovación de la imagen de las JAC y proporcionaría una nueva dinámica de trabajo con resultados más eficaces en favor de la comunidad. FUNDECONSUMO, la Fundación para la Defensa del Consumidor con sede en Cali, ofrece a las Juntas Comunales la posibilidad de capacitar a sus afiliados en materia del Derecho del Consumo mediante una serie de conferencias, con ayudas audiovisuales, la primera de las cuales se denomina "El papel de las ligas de consumidores en una sociedad de consumo". Así mismo la Fundación edita y distribuye el "Manual del Consumidor", una cartilla básica que ilustra la forma de presentar peticiones, quejas y reclamos. EL CONSUMIDOR Boletín del Nuevo Ciudadano es nuestra publicación mensual virtual en el enlace www.elconsumidor.co Los interesados pueden solicitar más información escribiendo a fundeconsumo@outlook.com


CONSUMO Y CIUDADANÍA


El consumidor reflexivo es el mismo ciudadano participativo. Por consiguiente, una reflexión sobre el tipo de consumo que efectuamos no solo en nuestras transacciones comerciales, sino también cuando consumimos recursos naturales, información o noticias, bienes culturales, e incluso arquetipos espirituales, nos lleva a decidir una línea de acción para contribuir de alguna forma a la transformación del entorno en procura de una mejor calidad de vida. Si bien el contenido de las noticias en los medios está sesgado para buscar un efecto depresivo en el consumidor, atemorizante, un sentimiento de impotencia que facilite su manipulación política, una adecuada capacitación le permite recuperar su poder ciudadano. Un desarrollo de estas ideas lo encontramos en el blog 
http://consumoyciudadania.blogspot.com/

1.1.09

Boletín FUNDECONSUMO

INVITACION DE “FUNDECONSUMO” A LAS JUNTAS DE ACCIÓN COMUNAL PARA CONFORMAR COMITÉS DE EDUCACIÓN AL CONSUMIDOR Y RECIBIR CAPACITACIÓN SOBRE DERECHO DEL CONSUMO.


FUNDECONSUMO, la Fundación para la Defensa del Consumidor, con sede en Cali, afiliada a la Confederación Colombiana de Consumidores, a través de su presidente, Fernando Flórez Ricardo, invita cordialmente a las Juntas de Acción Comunal (J.A.C.) para que haciendo uso de sus facultades legales y en cumplimiento de uno de sus objetivos estatutarios, como es el de promover la educación del consumidor en el área de su jurisdicción territorial, conformen en sus respectivos barrios un Comité de Educación al Consumidor (C.E.C.) que difunda las normas de protección al consumidor, los mecanismos y las instituciones (entes de control) encargados de su defensa. Aquellas JAC que cuenten ya con un “comité de educación” podrán rebautizarlo como C.E.C. para efectos prácticos. A través de tales Comités o Comisiones de Trabajo, FUNDECONSUMO podrá capacitar a los habitantes de las Comunas en materia de Derecho del Consumo, que regula principalmente el trámite de las peticiones, quejas y reclamos (PQR’s) de los consumidores sobre publicidad engañosa, garantías de calidad y cobro abusivo de bienes y servicios, en especial, de los servicios públicos. Es de anotar que la Junta de Acción Comunal está constituida en cada barrio por la totalidad de los afiliados registrados en el Libro de Afiliaciones que juega importante papel a la hora de elecciones comunales. La máxima autoridad de la JAC es la asamblea general de afiliados y es quien designa a directivos de la Junta de Acción Comunal. En consecuencia, cualquier ciudadano puede solicitar a su Junta Comunal que conforme el Comité de Educación al Consumidor (C.E.C.) para entrar a formar parte de dicho Comité y capacitarse para evitar abusos o reclamar con efectividad en sus relaciones de consumo. A cada participante del Comité, FUNDECONSUMO podría hacerle entrega de un Manual del Consumidor con la información básica en materia de derechos de petición, quejas, reclamos, y acciones constitucionales (para defender, por ejemplo, el ambiente y el espacio público), durante las conferencias de aproximadamente dos (2) horas de duración, con proyección de diapositivas, en la sede de la Junta Comunal o del C.A.L.I. respectivo. A las Juntas comunales interesadas se les podrá dictar la primera de una serie de conferencias, denominada “El Papel de las Ligas de Consumidores en una Sociedad de Consumo”, previo convenio con FUNDECONSUMO, cuya sede está ubicada en el Edificio Bancolombia Calle 11 No. 5-54 Oficina 607H Cali. Teléfono 8824141. Suscríbase gratuitamente al "Boletín FUNDECONSUMO" que aparecerá cada mes con noticias legales, jurisprudenciales y económicas enviando su solicitud de suscripción virtual a fundeconsumo@outlook.com Usted podrá reenviar el boletín a todos sus contactos interesados en defender sus derechos como consumidores y ciudadanos. Las ediciones anteriores del boletín podrá consultarlas en http://boletinfundeconsumo.blogspot.com/