Lo que debe conocer del Estatuto del Consumidor
Descargue aquí el Estatuto del Consumidor, y vea nuestro completo análisis a continuación:
La
ley tiene como objetivo principal, proteger, promover y garantizar la
efectividad y el libre ejercicio de los derechos de los consumidores, en
especial: riesgos para la salud, información adecuada de los productos y
servicios, educación del consumidor, libertar para constituir
organizaciones de consumidores y protección especial para niños y
adolescentes en su calidad de consumidores.
Algunos de los puntos
clave del Estatuto del Consumidor son: establece la obligación de
ofrecer garantía sobre todos los bienes y servicios que se comercialicen
en el país; se establecen las reglas de protección para el comercio
electrónico y se establece el derecho de retracto en todas las
relaciones de consumo relacionadas con la venta de bienes o servicios
financiados directamente por el productor o expendedor, en los que el
consumidor no tenga contacto directo con el producto, como las ventas a
distancia (televentas, ventas por catálogo o internet).
La ley
regula la responsabilidad por productos defectuosos y la responsabilidad
por la falta de eficiencia o calidad de los bienes muebles e inmuebles.
Así mismo, regula la totalidad de contratos de prestación de servicios.
Derechos de los consumidores
Los consumidores
tendrán derecho a recibir productos de calidad, que no ocasionen daño en
condiciones normales de uso. Es idóneo brindar y recibir información de
los productos y de los riesgos que puedan resultar de su consumo o
utilización, además de reclamar ante las autoridades por daños y
perjuicios ocasionados por los mismos. Importante que ahora es posible
recibir protección contra la publicidad engañosa.
Por otra parte
los consumidores son libres de elegir libremente los bienes y servicios
que requieran, también podrán asociarse y organizarse para proteger sus
derechos e intereses. Así mismo los ciudadanos tienen derecho a la
educación sobre los derechos de los consumidores.
Deberes de los consumidores
Informarse
respecto a la calidad de los productos, asi como de las instrucciones
que suministre el productor, obrar de buena fe frente a los productores,
proveedores y autoridades públicas y cumplir con las normas sobre
reciclaje y disposición de desechos de bienes consumidos.
Publicidad
Está
prohibida Ia publicidad engañosa. El anunciante será responsable de
los perjuicios que cause la publicidad engañosa. El medio de
comunicación será responsable solidariamente solo si se comprueba
dolo o culpa grave.
Se debe advertir claramente al público
acerca de la nocividad de los productos y de la necesidad de
consultar las condiciones o indicaciones para su uso correcto.
Por otra parte los términos de las promociones y ofertas obligan
a realizarse y estarán sujetas a las normas incorporadas en la
presente ley.
Protección al consumidor de comercio electrónico
Los proveedores y expendedores deben:
Informar
en todo momento de forma cierta, fidedigna , suficiente,
clara, accesible y actualizada su identidad especificando su
nombre o razón social, Número de Identificación Tributaria (NIT) ,
dirección de notificación judicial, teléfono, correo electrónico y
demás datos de contacto.
Suministrar en todo momento
información cierta, fidedigna, suficiente, clara y actualizada
respecto de los productos que ofrezcan. En especial, deberán
indicar sus características y propiedades tales como el tamaño,
el peso, la medida, el material del que está fabricado, su
naturaleza, el origen, el modo de fabricación , los componentes, los
usos, la forma de empleo, las propiedades, la calidad, la
idoneidad, la cantidad, o cualquier otro factor pertinente,
independientemente que se acompañen de imágenes, de tal forma
que el consumidor pueda hacerse una representación lo más
aproximada a la realidad del producto.
También se deberá
indicar el plazo de validez de la oferta y la disponibilidad del
producto. En los contratos de tracto sucesivo, se deberá informar su
duración mínima. Cuando la publicidad del bien incluya imágenes o
gráficos del mismo, se deberá indicar en qué escala está
elaborada dicha representación.
Informar, en el medio de
comercio electrónico utilizado, los medios de que disponen para
realizar los pagos, el tiempo de entrega del bien o la
prestación del servicio, el derecho de retracto que le asiste
al consumidor y el procedimiento para ejercerlo, y cualquier
otra información relevante para que el consumidor pueda adoptar una
decisión de compra libremente y sin ser inducido en error.
Igualmente
deberá informar el precio total del producto incluyendo todos
los impuestos, costos y gastos que deba pagar el consumidor para
adquirirlo. En caso de ser procedente, se debe informar
adecuadamente y por separado los gastos de envío
Cláusulas abusivas
Son
cláusulas abusivas aquellas que producen un desequilibrio
injustificado en perjuicio del consumidor y las que, en las
mismas condiciones, afecten el tiempo, modo o lugar en que el
consumidor puede ejercer sus derechos. Para establecer la
naturaleza y magnitud del desequilibrio, serán relevantes todas
las condiciones particulares de la transacción particular que se
analiza.
Algunas de las Cláusulas abusivas ineficaces de pleno derecho son las que:
Limiten
la responsabilidad del productor o proveedor de las
obligaciones que por ley les corresponden; Impliquen renuncia de los
derechos del consumidor que por ley les corresponden; Inviertan la
carga de la prueba en perjuicio del consumidor; Trasladen al
consumidor o un tercero que no sea parte del contrato la
responsabilidad del productor o proveedor; Establezcan que el
productor o proveedor no reintegre lo pagado si no se ejecuta en
todo o en parte el objeto contratado; Vinculen al consumidor al
contrato, aun cuando el productor o proveedor no cumpla sus
obligaciones;
La ley también ofrece algunas definiciones de términos claves tales como:
Consumidor
o usuario: Toda persona natural o jurídica que, como destinatario
final, adquiera, disfrute o utilice un determinado producto, cualquiera
que sea su naturaleza para la satisfacción de una necesidad propia,
privada, familiar o doméstica y empresarial cuando no esté ligada
intrínsecamente a su actividad económica. Se entenderá incluido en el
concepto de consumidor el de usuario.
Garantía: Obligación
temporal, solidaria a cargo del productor y el proveedor, de responder
por el buen estado del producto y la conformidad del mismo con las
condiciones de idoneidad, calidad y seguridad legalmente exigibles o las
ofrecidas. La garantía legal no tendrá contraprestación adicional al
precio del producto.
Producto: Todo bien o servicio;
Productor:
Quien de manera habitual, directa o indirectamente, diseñe, produzca,
fabrique, ensamble o importe productos. También se reputa productor,
quien diseñe, produzca, fabrique, ensamble, o importe productos sujetos a
reglamento técnico o medida sanitaria o fitosanitaria.
Publicidad
engañosa: Aquella cuyo mensaje no corresponda a la realidad o sea
insuficiente, de manera que induzca o pueda inducir a error, engaño o
confusión.
Así mismo la ley regula las normas sobre temas de:
garantías, prestación de servicios que suponen la entrega de un bien,
responsabilidad de daños por producto defectuoso, información,
publicidad, protección especial, contratos de adhesión, ventas por
métodos no tradicionales o a distancia, protección al consumidor de
comercio electrónico, especulación, acaparamiento, usura y acción de
protección al consumidor
Fuente: www.legis.com.co